El mercado eléctrico de Guatemala funciona como un libre mercado desde 1996, donde fueron separadas las actividades de la industria eléctrica, por lo que se abrió a la libre competencia la generación y la comercialización de energía. La transmisión y la distribución funcionan como actividades reguladas donde participan empresas privadas y públicas para prestar el servicio, otorgadas mediante licitación pública.

¿Cómo está estructurado?
El funcionamiento del mercado eléctrico se realiza a través de instituciones públicas y privadas. Dentro de la esfera pública se encuentra el Ministerio de Energía y Minas (MEM) que tiene como principal función el dictar la Política Energética, Planes de Expansión de la Generación y la Transmisión, entre otros. Jerárquicamente, debajo de éste, se encuentra la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) que regula el funcionamiento del mercado eléctrico de Guatemala, especialmente de las actividades de transmisión y distribución.
El operador del sistema y del mercado funcionan como una empresa privada sin fines de lucro denominada Administrador del Mercado Mayorista (AMM), la cual es supervisada por CNEE, que está a cargo de la operación del sistema eléctrico de Guatemala y la liquidación de las transacciones realizadas en el mercado. El AMM proporciona un espacio donde se reúnen los Agentes del Mercado para realizar operaciones de compra-venta de energía eléctrica.

Los Agentes del mercado, según el Artículo 39 del Reglamento de la Ley General de Electricidad (LGE), se distribuyen en: Generadores, Distribuidores, Transportistas y Comercializadores. Todos deben cumplir con ciertos requisitos para poder adquirir su calidad de Agente, los cuales se detallan a continuación:

Los participantes consumidores que demanden más de 100 kW pueden adquirir su calidad de Grandes Usuarios, lo cual les permite realizar compras directas con los comercializadores para cubrir su demanda. De igual manera, existe la figura de Generadores Distribuidos Renovables (GDRs), que son centrales generadoras que aportan menos de 5MW de potencia al sistema y se encuentran conectadas a las redes de distribución, las cuales pueden obtener la posibilidad de realizar transacciones en el Mercado Mayorista. Actualmente, este cuenta con 61 Agentes Generadores, 13 transportistas, 21 comercializadores, 3 distribuidores, 62 GDRs y 1164 Grandes Usuarios[1] .
El funcionamiento del sector se rige por un Marco Legal con vigencia desde 1996, que se ha caracterizado por mantener certeza jurídica, estabilidad y congruencia desde la promulgación de la LGE hasta sus normas operativas para el correcto funcionamiento del mercado y del sistema (Reglamento de la Ley General de Electricidad, 1997).

Operación del mercado eléctrico
El mercado eléctrico guatemalteco es un mercado de costos, por lo que la asignación de los productos que se transan se realiza conforme al Costo Variable de Generación (CVG) declarado por las centrales generadoras conectadas al SNI. El mercado posee dos grandes premisas para su funcionamiento:
- Demanda Firme y Oferta Firme Eficiente: Es obligatorio para los participantes consumidores tener contratada su demanda de potencia por la duración de un año[2], por lo que anualmente el AMM calcula la Demanda Firme (DF)[3], la cual debe ser cubierta con Oferta Firme Eficiente (OFE)3, ésta es asignada a los participantes generadores para poder vender la potencia que poseen en contratos para cubrimiento de DF. La OFE también es determinada por el AMM, se calcula a través de la modelación de un despacho de largo plazo (dos años) y se determina en función de la potencia efectiva aportada al SNI por cada central generadora; y la disponibilidad que tuvo al ser convocada durante el Año Estacional previo[4]
- Despacho económico de generación: El mercado de oportunidad de la energía se programa diariamente preservando el principio de ser un mercado de costos. Las centrales generadoras deben presentar información periódica respecto a su CVG, lo cual se utiliza para realizar una lista de mérito hasta cubrir la demanda del SNI, reservas y compromisos internacionales. Este mercado es optimizado mediante un despacho económico que consiste en utilizar la oferta disponible (energía y potencia) para abastecer la demanda prevista (energía y potencia) en un periodo determinado minimizando el costo total de operación. Cada hora se optimiza el despacho de generación, donde uno de sus resultados es el Precio de Oportunidad de la Energía (POE) o precio spot, determinado a través del CVG de la unidad generadora marginal (la última central generadora necesaria para cubrir la demanda y reservas del SNI).
- Servicios de transmisión: Incluyen el peaje (fijado por CNEE), y se liquida conforme los acuerdos contractuales que realicen los Agentes.
- Servicios complementarios: Los principales contemplan las reservas operativas (primaria, secundaria y terciaria). De igual forma, se considera la regulación de frecuencia, control de potencia reactiva y tensión y el arranque en negro. Entre las reservas operativas se encuentran:
- La reserva primaria[5] es obligatoria para todas las centrales generadoras y corresponde al 3% de la generación en cada hora.
- La reserva secundaria[6] es prestada por centrales sincronizadas con una rápida capacidad de respuesta ante desbalances de potencia en la generación y transmisión.
- La reserva terciaria[7] se presta por centrales de arranque rápido (menor a una hora) que estén disponibles para ser convocadas durante 24 horas.
- Generación Forzada: Es toda la generación que queda fuera de despacho económico para cumplir requerimientos de seguridad, calidad del servicio, exportaciones, entre otros.
- Otros cargos: Cargos de habilitación para poder realizar transacciones en el Mercado Mayorista (cuota AMM) y cargos de habilitación para transacciones en el MER, principalmente los correspondientes a las instituciones regionales (EOR y CRIE)[8].

[1] Grandes Usuarios Participantes y Representados.
[2] El año corresponde a un Año Estacional determinado en función de la época de verano e invierno de Guatemala, por lo que inicia en mayo y termina en el mes de abril.
[3] La Demanda Firme es un mecanismo definido en el Reglamento de la Ley General de Electricidad (LGE) y la Norma de Coordinación Comercial No. 2, el cual fija un monto de potencia consumir durante la duración del Año Estacional. Para más información: Norma de Coordinación Comercial No. 2
[4] Las centrales que no poseen asignación de OFE, tienen la posibilidad de ser asignadas con Oferta Firme (OF), lo cual les permite respaldar su potencia para realizar transacciones internacionales en el mercado. Para más información consultar la Norma de Coordinación Comercial No. 2 del AMM.
[5] Reserva Rodante Regulante (RRR) en la normativa guatemalteca. Para más información consultar las normas de coordinación comercial y operativas del AMM (NCO-1, NCO-3, NCO-4, NCC-1 y NCC-8).
[6] Reserva Rodante Operativa en la normativa guatemalteca. Para más información ver la sección 4 del presente documento y consultar las normas de coordinación comercial y operativas del AMM (NCO-1, NCO- 3, NCO-4, NCC-1 y NCC-8).
[7] Reserva Rápida en la normativa guatemalteca. Para más información consultar las normas de coordinación comercial y operativas del AMM (NCO-1, NCO-3, NCO-4, NCC-1 y NCC-8).
[8] Para más información consultar la normativa regional y la Norma de Coordinación Comercial No. 14.